jueves, 12 de marzo de 2026

TRAPASO DE DESPERDICIOS ENTRE ZONAS FRANCAS

Buenos días,

          Favor responder a la siguiente duda:

Si una zona franca vende sus desperdicios a otra zona franca debe la empresa que factura pagar el ISR de 3.5% por una venta local. o queda exenta del pago de dicho impuesto.

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Oficial

Buenos días, Victor. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que se entiende por “Ventas en el Mercado Local” a la transferencia, permuta o entrega en uso de bienes y a la prestación de cualquier servicio a personas físicas o jurídicas que no estén acogidos al régimen especial de exportación que establece la Ley 8-90 sobre Zonas Francas de Exportación. Por lo que en el caso de las ventas a estas zonas francas no sería necesario el pago del 3.5%.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

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Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

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