KC

miércoles, 12 de junio de 2024 16:42

Cerrado

TRANSPORTE EN GENERAL

Quisiera saber porque a Actividad Comercial: SERVICIOS DE TRANSPORTE EN GENERAL, está gravada con el ITBIS y que se incluye dentro de la misma. Gracias.

Solución oficial

Buenas tardes, Krisbelle. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, el servicio de transporte terrestre de personas y de carga se encuentra exento del ITBIS.

 

En ese mismo orden, puede consultar la información en la base legal Decreto 293-11 art. 14 literal E.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: https://acortar.link/827H4U

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

https://acortar.link/148NBE