viernes, 1 de agosto de 2025

Cerrado

Transporte de Concreto en Hormigón, Exento de ITBIS?

Estimados,

Según el articulo 344 del código tributario, el servicio de trasporte de concreto en hormigón, esta exento de ITBIS?

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Solución oficial

Buenas tardes, Eskibel. Gracias por contactarnos.

 

En el caso de que la empresa se dedique exclusivamente a la actividad económica de transporte, dicha actividad se encuentra exenta del ITBIS. En ese mismo orden, si la empresa fabrica hormigón y adicionalmente cobra por el servicio de transporte, este se encuentra gravado con el ITBIS, ya que se considera una prestación accesoria al bien entregado.


Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.


Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
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