martes, 18 de julio de 2023

Cerrado

Transformación o modificación de sociedad

Buenas Tardes,

Necesito una orientación sobre una transformación. Una sociedad registrada como EIRL, esta nunca ha tenido operaciones, todas sus declaraciones han sido en cero. La pregunta es. si es posible modificarla a SRL y cambiarle la actividad y nombre comercial? cuales son los pasos o requerimientos para efectuar los cambios.

Gracias,

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Solución oficial

Buenas tardes, Bárbara. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, como Persona Jurídica puede solicitar transformación (de EIRL a SRL), a través de las siguientes vías:

 

Por la Oficina Virtual, llevando a cabo los siguientes pasos:

  1. Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.
  2. En el menú Solicitudes, seleccione la opción Actualización al RNC.
  3. Complete el formulario Declaración Jurada para la Actualización de Datos de Sociedades, con los datos correspondientes a la modificación a realizar y presione el botón Guardar Cambios en el apartado que haya agregado información.
  4. Coteje la opción Acepto Términos y Condiciones, luego seleccione Verificar y Continuar.
  5. Adjunte los documentos requeridos según el tipo de modificación (en un solo archivo en formato PDF, PNG o JPG, los mismos que se solicitarían presencial) y presione Procesar Cambios.
  6. Visualizará en pantalla el número de solicitud para fines de seguimiento, pulse el botón Aceptar.

En caso de que el contribuyente desee acogerse a un régimen especial o realizar algún otro cambio; deberá seleccionar la opción ¿Desea realizar otras Actualizaciones?; adjuntar los documentos que sustenten la actualización correspondiente (los mismos que se solicitarían presencial) acompañados del formulario RC-02. Estos deben estar escaneados en un solo archivo (en formato, PDF preferiblemente) y deben ser cargados en la opción “Adjuntar otros documentos”.

 

De manera presencial, depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:

  1. Formulario de Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02) llenado, firmado y sellado, con los anexos correspondientes.
  2. Copia del certificado de Registro Mercantil modificado.
  3. Copia del acta de asamblea y nómina de presencia que aprueba la transformación o adecuación (en caso de cambio de socios, debe estar establecido en el acta de asamblea).
  4. Copia de los estatutos sociales.
  5. Contrato de compra y venta de acciones (aplica en caso de cambio de socios).
  6. Copia de los estados financieros o balance especial emitido por un CPA.
  7. Copia del recibo de pago del 1% del capital autorizado (aplica en caso de aumento de capital).
  8. Documentos soporte que confirmen la naturaleza del aumento, ya sea por capitalización de deuda, capitalización de beneficios, aporte en efectivo, entre otros. (Ej.: contrato de préstamo, informe de movimientos del patrimonio, depósitos bancarios etc.).
  9. Copia del contrato de compra de las acciones o cuotas sociales, registrado en la Cámara de Comercio y Producción donde los actuales vendedores adquirieron su participación societaria o Asamblea y Lista de Suscriptores cuando se trate de socios fundadores (aplica cuando realicen un cambio en la composición accionaria).

Nota: Los estados financieros o balance especial deben ser emitidos a la fecha de la transformación.

 

Tiempo de respuesta: 15 días laborables. Si la actualización al RNC conlleva aporte en naturaleza o transferencia de acciones, el tiempo de compromiso es de 25 días laborables.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.