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jueves, 30 de noviembre de 2023 21:20

Cerrado

TRANSFERENCIA INMOBILIARIA- Acuerdo de pago IPI

Quisiera saber en el caso que el vendedor tenga acuerdo para pagar una deuda de IPI por 6 meses, el comprador puede realizar el pago de la transferencia del inmueble en DGII y poner el inmueble a su nombre, o se debe esperar a que termine el plazo de los 6 meses y salde la deuda del IPI.

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Carmen. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que sí, primero debe saldar la deuda y estar al día en el IPI, de lo contrario se le requerirá al comprador el pago del impuesto para efectuar la transferencia. En estos casos, solo se consideran las deudas del inmueble, dentro del patrimonio inmobiliario y no el estado del contribuyente respecto a otros impuestos.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.