miércoles, 4 de septiembre de 2024 13:01

Cerrado

Transferencia al exterior a un empleado para gastos de relocacion y mudanza

Hola,

Una entidad jurídica le paga a un empleado nuevo como parte de sus beneficios para sus gastos de mudanza y relocacion aquí en RD, el pago se hace a una cuenta bancaria en el exterior porque el empleado acaba de llegar al pais y no tiene cuenta local, cual es el tratamiento fiscal que debo darle a esta transaccion? 

Solución oficial

Buenos días, Lucy. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, cualquier beneficio pagado en efectivo directamente al empleado debe ser tratado como salario regular sujeto a retención por parte del empleador. Es decir, la retención del ISR se hará en base al ingreso total percibido por el empleado en el mes correspondiente.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

 

hace 9 meses

Entiendo, pero como el pago fue al exterior, debería hacerle la retencion del 27% de ISR y hacerle un comprobante B17?