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martes, 31 de octubre de 2023 16:19

Cerrado

¿Todos los comprobantes electrónicos generan acuse de recibo y aprobación comercial?

Hola, buenas tardes, tengo esta duda: ¿Todos los comprobantes electrónicos generan acuse de recibo y aprobación comercial o existe alguna excepción en los que ciertos comprobantes no requieren de acuse de recibo y/o aprobación comercial? Gracias por su tiempo

Solución oficial

Buenas tardes, Héctor. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que sí, todos los e-CF generan un acuse de recibo y la aprobación comercial, sin embargo, no es lo mismo.

 

El Acuse de Recibo es la respuesta automática que indica que el e-CF fue recibido por el receptor electrónico. La recepción de este acuse no implica una respuesta positiva o negativa respecto de la transacción comercial por parte del receptor.

 

Importante:
Mediante la emisión del formato de Acuse de Recibo, el receptor electrónico deberá enviar al emisor electrónico la constancia de recepción del e-CF.

 

En cuanto la Aprobación o Rechazo Comercial: Es la respuesta que el receptor electrónico envía de manera opcional al emisor del e-CF, como constancia de su conformidad con la transacción realizada, la cual puede ser de “Aceptación” o de “Rechazo”.

 

El receptor electrónico debe utilizar el formato XML de ‘Aprobación Comercial’. En caso de enviarla, deberá remitirla tanto al Emisor Electrónico como a la DGII.

 

Consideraciones importantes:

 

·         Cuando un e-CF es rechazado comercialmente implica que no puede volver a utilizarse el Número de Comprobante Fiscal Electrónico (e-NCF). En este caso, debe realizarse una nota de crédito anulando la transacción y debe ser emitido un nuevo e-CF, dichos documentos deben ser enviados a DGII y el nuevo e-CF al receptor electrónico.

·         El no envío de la Aprobación Comercial no tiene implicaciones, ya que su uso es opcional. En caso de enviarla, deberá remitirla tanto al Emisor Electrónico como a la DGII. De no enviarla, se considerará el e-CF aceptado cuando el receptor reporte el comprobante en el Formato de Envío de Costos y Gastos (Formato 606).

·         Luego que el receptor electrónico acuse recibo del e-CF al emisor electrónico, este indicará su conformidad mediante la Aprobación o Rechazo Comercial o remitirá el Formato de Envío de Costos y Gastos (606). Para este proceso no se tiene un tiempo establecido.

 

 

Base Legal: Norma 01-2020, Art. 3, literal d y e. Ley 32-23.

 

A fin de conocer más sobre la Facturación Electrónica, le exhortamos a ingresar al siguiente enlace: http://ms.spr.ly/612109NzFO

 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.