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Tipo de retención
Buenas tardes.
Soy una persona física registrada que me dedico a vender diferentes bienes personalizados, dígase libretas, tazas, lapiceros, globos, llaveros, etc.
Lo que quiero saber es, qué tipo de retención me deben realizar. Solo deben retenerme itbis ?
Si le vendo a una persona física, en este caso me tocaría a mí retenerle ?
muchas gracias, quedo atenta.


Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
7.6K Mensajes
hace 24 días
Buenos días, Eunice. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, si está registrada en DGII sería una venta de bienes y la misma no conlleva retenciones de ISR ni ITBIS.
Si solo brinda el servicio de personalizado y no el producto final, si sería considerado un servicio profesional y deben retenerle el 10% de ISR y el 100% del ITBIS.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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