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Tipo de CF para gastos de representación
La consulta se enfoca en una compañía ubicada en Zona Franca y con certificado de exención de ITBIS.
En el caso de gastos de representación, específicamente en consumo de alimentos, ¿qué criterio contempla la DGII con respecto al consumo de alimentos como reuniones de trabajo dentro o fuera de las oficinas?, es decir:
- Caso 1. Si un grupo de personal más invitados del negocio derivado de una reunión de trabajo, consumen alimentos proveídos por un suplidor de bufete de alimentos dentro de las instalaciones, ¿Qué tipo de Comprobante fiscal debe utilizarse B01 o B14?, consecuentemente ¿debe desglosar ITBIS?
- Caso 2. El mismo grupo de personal más invitados del negocio derivado de una reunión de trabajo, consumen alimentos en un restaurante ¿Qué tipo de Comprobante fiscal debe utilizarse B01 o B14?, consecuentemente ¿debe desglosar ITBIS?
el objetivo primordial es validar si bajo el mismo supuesto de una reunión de trabajo y habiendo los mismos esfuerzos a las actividades productivas del negocio, el hecho de que se consuman dentro o fuera de las instalaciones genera un cambio en el criterio de esta H. Autoridad.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
23K Mensajes
hace 2 años
Buenas tardes, Israel. Gracias por contactarnos.
Le informamos que, si desea adquirir bienes y servicios haciendo uso de su Carné de Exención de ITBIS, como Zona Franca acogida a la Ley 8-90 debe solicitar Comprobante para Regímenes Especiales (B14) para sustentar sus costos y/o gastos, toda vez que considere los artículos que no pueden ser adquiridos con el mismo, incluidos en la Circular 01075 del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación d/f 02/02/2017.
Ver circular: http://ms.spr.ly/61211gdBpN
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212gdBp4)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/61213gdBpf
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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