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miércoles, 7 de agosto de 2024 03:48

Cerrado

Útiles escolares

La compra de útiles escolares es aceptada para reportar en el renglón de gastos escolares por parte de una persona física?

Solución oficial

Buenos días, Leidy. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su caso, le informamos que, sí, la compra de materiales y útiles escolares puede ser considerada en el registro de sus gastos educativos siempre y cuando sean adquiridos en una entidad educativa y hayan sido facturados en comprobantes válidos para crédito fiscal.
 
Importante:

Se excluyen los materiales didácticos, los libros de texto, útiles escoleras y uniformes adquiridos en librerías, jugueterías o tiendas similares.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.