Debe realizar una rectificativa de los formatos de envíos de datos para agregar las facturas con valores y de la declaración del IT-1.
Para rectificar estos formatos basta con enviar el archivo corregido nuevamente a través de la Oficina Virtual.
·En el caso del formato 606, cuando presente algún bloqueo se debe validar la razón de este en la Administración Local correspondiente sin discriminar el periodo.
Para realizar una rectificativa del IT-1 debe seguir los pasos indicados en el enlace: http://ms.spr.ly/61210bnf14
· Condiciones que debe cumplir para poder realizar una rectificativa del IT-1 a través de la Oficina Virtual: http://ms.spr.ly/61211bnf1f
· En caso de no cumplir con las condiciones establecidas para rectificar el IT-1 a través de la OFV, deberá realizar una rectificativa de manera presencial agotando el siguiente procedimiento: http://ms.spr.ly/61212bnf1A
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
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Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.9K Mensajes
hace 2 años
Buenas tardes, Mayelin. Gracias por contactarnos.
Debe realizar una rectificativa de los formatos de envíos de datos para agregar las facturas con valores y de la declaración del IT-1.
Para rectificar estos formatos basta con enviar el archivo corregido nuevamente a través de la Oficina Virtual.
· En el caso del formato 606, cuando presente algún bloqueo se debe validar la razón de este en la Administración Local correspondiente sin discriminar el periodo.
Para realizar una rectificativa del IT-1 debe seguir los pasos indicados en el enlace: http://ms.spr.ly/61210bnf14
· Condiciones que debe cumplir para poder realizar una rectificativa del IT-1 a través de la Oficina Virtual: http://ms.spr.ly/61211bnf1f
· En caso de no cumplir con las condiciones establecidas para rectificar el IT-1 a través de la OFV, deberá realizar una rectificativa de manera presencial agotando el siguiente procedimiento: http://ms.spr.ly/61212bnf1A
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Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
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Es un placer servirle.
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