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Tengo un cliente que es Diplomático
Una persona desea hacernos una compra y nos informa que está excenta de ITBIS porque es diplomática. Cómo puedo constatar de que es cierto? Debo declarar ese ingreso en el IT1 en ingreso por ventas de bienes y servicios excento por destino?
Solución oficial
Patricia Suriel
1.4K Mensajes
hace 6 años
En cuanto a tu segunda inquietud, te indicamos que en estos casos debes colocar esas ventas en la casilla 5 del IT-1 “Ingresos por ventas de bienes o servicios exentos por destino”, debido a que esta casilla debe ser completada con el monto de las ventas de bienes o servicios gravados durante el periodo a declarar, realizadas a contribuyentes acogidos a algún régimen especial exento de este impuesto.
En caso de requerir mayor orientación, te recomendamos verificar el instructivo para el llenado del IT-1 disponible en nuestra página web, a través del siguiente enlace: https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/bibliotecaVirtual/contribuyentes/itbis/Documents/5-Instru...
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