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TENGO QU EPAGAR LOS ANTICPO GENERADO? SI ENTRO EN CIERRE DEFINITIVO DE UNA EMPRESA.
Saludos comunidad, por favor me apoyan indicando si entro en proceso de cierres debo pagar los anticipos generados, si entro en face de cierre definitivo.
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Saludos comunidad, por favor me apoyan indicando si entro en proceso de cierres debo pagar los anticipos generados, si entro en face de cierre definitivo.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 1 mes
Buenos días, Luz. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que antes de presentar su solicitud de cese definitivo debe presentar una declaración de IR-2 correspondiente al período en curso, marcada como final, de manera presencial en la administración local a la que pertenece, acompañada del dictamen de auditor correspondiente. En esta declaración se liquidarán los anticipos pendientes, de modo que no será necesario efectuar el pago de estos.
Importante: En caso de que tenga anticipos vencidos, el monto de los recargos e intereses deberá ser saldado junto con el pago generado por la declaración de IR-2.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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