sábado, 4 de enero de 2020 15:09

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Temas impositivos y exenciones en la agricultura

¿Cuáles temas impositivos debo considerar para iniciar una empresa cuya actividad comercial es la agricultura? ¿Existen exenciones particulares para este sector?

Solución oficial

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hace 5 años

Buenos días Raúl, en atención a tu primera inquietud, te indicamos que si te refieres a que deseas saber cuáles obligaciones fiscales te corresponderán como contribuyente acogido a este sector, podrás visualizarlas al momento de consultar las actividades económicas en el catálogo CIIU. Para ver el detalle, debes seguir estos pasos:

1. Ingresa a la página web de Impuestos Internos y en la sección “Servicios”, en la opción "Consultas", seleccione “Actividades económicas”.
2. El sistema te mostrará las tres opciones de consulta, seleccione la deseada.

*Consulta de la actividad económica CIIU por el nombre común: seleccione el tipo de contribuyente (Persona Física o Jurídica), escriba una palabra relacionada a la actividad que desea consultar o el tipo de negocio que está creando y pulse “Buscar”.
*Consulta de obligaciones por actividades CIIU: Seleccione el tipo de contribuyente (Persona Física o Jurídica), escriba el nombre o palabra clave de la actividad económica o el código CIIU que desea consultar. El sistema le mostrará las opciones de actividad(es) económica(s) disponibles, acorde a lo digitado.
*Definición de Obligaciones: digite el impuesto o el código, pulse “Buscar” y el sistema le mostrará las obligaciones relacionadas a lo digitado.

En caso de requerir mayor detalle, te exhortamos ponerte en contacto con el área de control de contribuyentes de la Administración Local correspondiente.

En cuanto a tu segunda inquietud, te indicamos que mediante la Norma General 01-2008, al sector agropecuario le fueron otorgadas las siguientes exenciones:

1. Pagar los anticipos del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
2. Pagar el Impuesto sobre Activos.
3. De la retención del 5% por concepto de Impuesto Sobre la Renta sobre los pagos realizados por el Estado.

Consideraciones Importantes:

• Estas exenciones fueron prorrogadas para el ejercicio fiscal 2019 mediante la Norma General 01-2019.
• Estas exenciones son otorgadas de manera automática; es decir, no es necesario que el contribuyente realice una solicitud para beneficiarse de esta disposición. En caso de que se le genere alguna de estas obligaciones, debe canalizar el caso directamente con la Administración Local a la que pertenece.

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