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TASA DE RETENCION EN RETRIBUCION COMPLEMENTARIA, A PARTIR DE JULIO 2026
QUE TASA APLICA PARA RETRIBUCION COMPLEMENTARIA, A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY 30-26
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QUE TASA APLICA PARA RETRIBUCION COMPLEMENTARIA, A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY 30-26
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 2 meses
Buenos días, Guillermo. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que la tasa del Impuesto Sustitutivo Sobre Retribuciones Complementarias no fue afectada por la Ley 30-26, por lo que continúa siendo del 27% del valor de las retribuciones otorgadas por el empleador.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Guillermo Rotestan Vásquez
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hace 1 mes
Qué pasa con aquellos contribuyentes que sus ingresos anuales superan los RD$1000 millones de ingresos, según el Art. 15, Parrafo II, Ley 30-26, ¿deben aplicar la tasa de Retención del 30% o el 27%?
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