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TASA DE CAMBIO - REGISTRO DE FACTURAS CXC Y CXP
Buenas tardes, teniendo en cuenta la practica correcta según las normativas financieras y normativas fiscales, si una empresa que factura servicios a clientes del exterior en dólares y esos servicios tienen asociados unos costos de suplidores también que emiten facturas en dólares; si comercialmente se hace una negociación fija de la tasa, me surgen unas preguntas:
1- se puede emitir la factura al cliente (CXC) con la tasa negociada comercialmente o se debe facturar con la tasa del día de emisión.
2 - el registro de las facturas en dólares que los suplidores envían (CXP) con que tasa se deben registrar?
3- y si el suplidor cuenta con comprobante fiscal y es el mismo suplidor que indica a que tasa se debe registrar la CXP aunque no sea la tasa del día, es correcto?
Gracias,


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 3 horas
Buenos días, Carolina. Gracias por contactarnos.
Para obtener una respuesta vinculante por parte de esta Dirección General, y debido a los diversos factores que se deberán considerar; le recomendamos que realice una consulta técnica, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la Sede Central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:
Formulario de Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004) llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).
Nota: El consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
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