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TABACO DEL CAMPO
SI UNA EMPRESA LOCAL VENDE TABACO NO PROCESADO A UNA ZONA FRANCA CON COMPROBANTE B14.
DEBE ESTA EMPRESA LOCAL PAGAR A LA DGII ALGUN IMPUESTO?
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SI UNA EMPRESA LOCAL VENDE TABACO NO PROCESADO A UNA ZONA FRANCA CON COMPROBANTE B14.
DEBE ESTA EMPRESA LOCAL PAGAR A LA DGII ALGUN IMPUESTO?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 1 mes
Buenos días, Yanely. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, informamos que, no corresponde realizar el pago del ITBIS, ya que la emisión de un comprobante B14 exime del mismo. En ese sentido, la empresa que realizó la venta deberá declarar los ingresos generados por la transacción.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
Es un placer servirle.
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