MB

lunes, 5 de agosto de 2024 06:00

Cerrado

Sucesión

Buenas,

Tengo un par de preguntas con relación a la declaración y pago de impuestos de sucesión por el fallecimiento de mi madre:

1. Cual seria el proceso para modificar la masa sucesoral, una vez que se tiene el.pliego de modificaciones y no se ha pagado el impuesto todavía? En este caso, el.tiempo para poder pagar el impuesto se modificaría apartir de ese nuevo proceso  o continúa siendo los.30 días a partir de la entrega del pliego original?

2. En caso de haber pagado ya el impuesto, se podría solicitar una modificación al pliego, si se encuentran documentos que avalen una disminución de la masa sucesoral? Y en dado caso cual seria el proceso, plazo para hacerlo, y seria factible tener un reembolso de la parte del impuesto pagado si se determina que en efecto la masa sucesoral.es mejor a la inicialmente determinada?

3. Procedimiento para solicitar que el pago del.impuesto se deduzca de los recursos que la persona fallecida tenia en una entidad financiera?

Muchas gracias de antemano

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Maria. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, en respuesta a la primera consulta, para presentar una declaración adicional o complementaria a la declaración sucesoral, debe depositar en la Administración Local donde liquidó la sucesión, los siguientes documentos: https://acortar.link/JxZyLe

 

Con relación a la segunda pregunta, en caso de que se evidencia que haya una disminución de los bienes y se pagó un monto mayor, primero tendrá que corregir la declaración jurada de sucesiones, una vez corregido deberá solicitar un reembolso por pago en exceso o indebido agotando los siguientes pasos: https://acortar.link/hwLCQK

 

En ese mismo orden, para solicitar que el impuesto se deduzca de los fondos de una entidad bancaria, le recomendamos canalizar este trámite directamente con la administración local donde se liquidó la sucesión.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

2 Mensajes

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¡Para nosotros es un placer servirle!

 

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