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SORTEO DE INMUEBLE
Buenas tardes, somos una inmobiliaria y realizaremos el sorteo de un apartamento, nos gustaria saber si al momento de declarar los ingresos resultados del sorteo del apartamento, estos deben ir exentos de ITBIS por tratarse de un imueble que en su momento de compro sin ITBIS, ya que esta exento. Al presentar el IT1 no tenemos Itbis deducible en el 606. Pero al presentar los ingresos resultado del sorteo por la entrega del apartamento como premio, queremos saber si igual estaria exento de lo que es el ITBIS.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 20 días
Buenas tardes, Lorainy. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que tanto las transferencias de inmuebles como el servicio de lotería se encuentran exentos de ITBIS.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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