viernes, 20 de diciembre de 2019 02:31

Cerrado

Son admitidos como un gasto en el IR-2 los pagos realizados a la DGII por ISR, recargos e interés indemnizatorios?

Un contribuyente es condenado mediante una solución por estar haciendo NCF de Gastos menores no sustentados, luego hace un Recurso de Reconsiderado, pero no fue favorecido, y ratifican la resolución, por lo tanto decide pagar a la DGII el ISR, los recargos e intereses indemnizatrios. ¿Ese pago es admitido como un gasto al presentar el IR-2?

Solución oficial

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hace 5 años

Buenos días, Euclides. De acuerdo con lo especificado en el Literal D, Artículo 288, de la Ley 11-92 (Código Tributario), no son deducibles y por tanto no puedes presentar como gastos en el IR-2: el Impuesto sobre la Renta, sus recargos, multas e intereses, así como los impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y los impuestos, tasas y derechos incurridos  para construir, mantener y conservar bienes de capital, salvo cuando los mismos se computen como parte del costo al ser enajenado el bien de que se trate.

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