viernes, 20 de febrero de 2026

Solicitud reembolso saldo a favor ISR persona física

Buenas tardes,

Una persona física que no lleva contabilidad organizada, pero producto de una factura durante el año 2024, le fue generado el pago de Anticipos lo que generó un saldo a favor en el cierre fiscal 2025. ¿Puede esta persona solicitar el reembolso de ese saldo a favor? ¿Cuáles documentos debe presentar?

Saludos,

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Solución oficial

Buenas tardes, Maribel. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que las personas físicas no acogidas al RST solo pueden solicitar reembolso de saldo a favor producto de pagos de anticipos al momento de su inactivación cuando tengan contabilidad organizada, que permita mediante una auditoría, determinar que el saldo sea cierto, líquido y exigible. Si no cumple con esta condición, no será posible solicitar el reembolso por este concepto.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

¿Se puede solicitar la autorización para que se compense con ese saldo a favor las retenciones de ISR realizadas por los agentes de retenciones al momento del pago del servicio que presta el contribuyente?

Porque de lo contrario, el contribuyente quedará con ese saldo a favor siempre.