Perfil de Casey Arias

9 Mensajes

viernes, 3 de enero de 2020

Cerrado

Solicitud información reembolso bono vivienda

Buenas, compré un apartamento y financié una parte con el banco. Quisieras saber si el depósito del bono se realiza directamente al préstamo hipotecario del banco o se puede depositar a mi cuenta personal ?

Gracias!
Oldest First
Selected Oldest First

Solución oficial

1.4K Mensajes

hace 6 años

Buenas tardes Mercedes, el incentivo del bono de vivienda de bajo costo se deposita en la cuenta del fideicomiso y es la fiduciaria la encargada de tramitarlo en lo adelante. Este bono podrá utilizarse para completar el inicial de la vivienda o aplicarse al capital insoluto del préstamo, en caso de que el adquiriente haya completado el inicial.

Te recordamos que para ser beneficiado con el bono o compensación del ITBIS por la adquisición de viviendas de bajo costo debe cumplir con las siguientes condiciones:

1. Ser adquiriente de una primera y única vivienda cuyo proyecto esté clasificado como vivienda de bajo costo por el Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) y registrado en la DGII, identificando el número de unidad y el proyecto habitacional.
2. La vivienda debe ser utilizada o habitada por el adquiriente, ascendientes, descendientes o colaterales, todos hasta el primer grado.
3. Ser beneficiario de un financiamiento por una entidad de intermediación financiera u otra entidad facultada para otorgar créditos, para obtener una vivienda clasificada (no obligatorio).
4. Estar inscrito (a) en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
5. Encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Importante:

• Pueden optar por el bono las personas residentes legalmente en el país o los dominicanos residentes en el exterior.
• Cuando se es beneficiado con el bono o compensación del ITBIS, la vivienda adquirida no puede ser alquilada o transferida durante un período mínimo de 5 años.
• En caso de no cumplir con este requerimiento, el adquiriente queda obligado a la devolución del monto otorgado como “Bono de Vivienda de Bajo Costo”, prorrateable de manera lineal por cada año o fracción de año transcurrido.

Nota: La compensación del ITBIS o bono de vivienda de bajo costo debe ser solicitada por las fiduciarias en nombre de los adquirientes finales de las unidades habitacionales de cada Proyecto.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!