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SOLICITUD DE TRANSFERENCIA EN CERO
Buenas tardes,
Mediante la presente, les quiero consultar sobre los requisitos actualizados para solicitar la transferencia en cero de un inmueble que se encuentra registrado a nombre de un Fideicomiso, a los fines de transferirlo a favor del comprador.
¡Gracias de antemano!
Saludos,
Fedralis Brito.
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
3.5K Mensajes
hace 1 mes
Buenas tardes, Fedralis. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, para realizar la transferencia de un inmueble debe depositar en la Unidad de Tasación de las Administración Local más cercana, los siguientes documentos:
TRANSFERENCIA INMOBILIARIA EXENTA POR LA LEY 173-07:
Importante:
Es el procedimiento mediante el cual los adquirientes de inmuebles mediante préstamos otorgados por entidades de intermediación financiera y cuyo valor es inferior al establecido en la ley 173-07 solicitan a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) transferirlos como parte de su patrimonio sin realizar el pago del impuesto de transferencia inmobiliaria conforme la citada ley.
Tiempo de respuesta:
15 días laborables.
Costo del servicio:
Gratuito.
Quienes pueden solicitar:
Personas Físicas y Jurídicas.
Cuando solicitar:
Según necesidad.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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