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Solicitud de Informacion
Buenos días,
Una institución publica debe de retener el 30% del ITBIS Por recibir el servicio de mantenimiento de tierra negra y césped, después de haberlo suministrado y colocado.
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Buenos días,
Una institución publica debe de retener el 30% del ITBIS Por recibir el servicio de mantenimiento de tierra negra y césped, después de haberlo suministrado y colocado.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 3 meses
Buenos días, Leidy. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, para el servicio de mantenimiento de tierra negra y césped, no aplica la retención del 30 % del ITBIS, ya que dicha retención solo corresponde cuando se trata de la prestación de servicios profesionales entre personas jurídicas.
En este caso, al no tratarse de un servicio profesional en los términos establecidos por la normativa, no procede realizar la retención indicada.
Base legal: Norma 02-05.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
Es un placer servirle.
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