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Solicitud de e-NCF
Hola, tengo unas dudas respecto a los e-NCF
¿Debo solicitar los e-NCF mediante la OFV antes de empezar a emitir electrónicamente?
¿Es obligatorio contar con e-NCF autorizados antes de emitir?
¿En esta solicitud me darán los e-NCF para todo tipo de e-CF o tengo que solicitarlo por cada tipo de comprobante fiscal electrónico?
¿Existe algún tratamiento especial por ejemplo para las notas de débito, tendría que volver a solicitar e-NCF para poder emitir notas de débito o no?
Muchas gracias
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.8K Mensajes
hace 2 años
Buenas tardes, Hector. Gracias por contactarnos.
¿Debo solicitar los e-NCF mediante la OFV antes de empezar a emitir electrónicamente?
En caso de hacer referencia a los Comprobantes Electrónicos (e-CF), le informamos que sí. Puede solicitar los e-CF a través de la Oficina Virtual, agotando los pasos indicados en el siguiente enlace: http://ms.spr.ly/612139mcqT
¿Es obligatorio contar con e-CF autorizados antes de emitir? Si no posee secuencias autorizadas, no puede emitir los mismos.
¿En esta solicitud me darán los e-CF para todo tipo de e-CF o tengo que solicitarlo por cada tipo de comprobante fiscal electrónico? Si, debe realizar una solicitud de secuencias para cada tipo de comprobante que requiera.
¿Existe algún tratamiento especial por ejemplo para las notas de débito, tendría que volver a solicitar e-NCF para poder emitir notas de débito o no? debe realizar una solicitud de secuencias para cada tipo de comprobante que requiera.
Le exhortamos a consultar en nuestro portal web todo lo relacionado a la Facturación Electronica, ingresando al siguiente enlace: http://ms.spr.ly/612149mcqp
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.8K Mensajes
hace 2 años
Buenos días, Héctor. Gracias por contactarnos.
Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Es un placer servirle.
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