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Solicitud de certificación de no aplicación del itbis retención
Saludos, estuve intentando realizar la solicitud de la certificación de la no aplicación de la retención del itbis ya que la actividad comercial está figurada en la que no aplican, pero me están solicitando la certificación de ustedes. Fui a una administración local en san Isidro y ellos ni siquiera tienen conocimiento de cómo se realiza y me enviaron a ir a jurídica en sede central, también verifico en el foro y veo que ustedes dicen que se puede solicitar por la oficina virtualmente con el formulario y no veo en parte donde hacerlo no presenta ninguna opción


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
27K Mensajes
hace 21 días
Buenos días, Isaac. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que no está disponible por la Oficina Virtual la certificación de no aplicación de la retención de ITBIS, sino la certificación de exención de ITBIS, que son distintas.
Para conocer cómo solicitar la certificación de no aplicación de la retención de ITBIS, le invitamos a acceder a la pregunta de esta comunidad que contiene la información detallada, haciendo clic en el siguiente enlace: CA2097 ¿Qué debo hacer para solicitar la certificación de no aplicación de la retención del ITBIS que deben efectuar las compañías de adquirencia, agregadores de pago y entidades de pago electrónico en las transacciones pagadas por medios electrónicos?
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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