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Solicitud de acuerdo de pago o prórroga para pagar impuesto
Buen día
es posible que un contribuyente acogido al régimen simplificado de tributación pueda solicitar a la DGII un acuerdo de pago o una prórroga para pagar las cuotas del impuesto correspondiente
Muchas gracias.
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
2.2K Mensajes
hace 20 días
Buenos días, Julio. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, para solicitar un acuerdo de pago debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de nuestra sede central* o en el área de información de la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos, según sea el caso:
Personas Físicas
Personas Jurídicas
Tiempo de respuesta: 5 días laborables.
Importante:
Para formalizar el acuerdo el contribuyente debe cumplir con los siguiente:
El acuerdo se otorgará para cualquiera de los impuestos, exceptuando:
Las entidades jurídicas deben traer el sello, pues es necesario sellar y firmar el contrato del acuerdo después de generado.
Para solicitudes de acuerdo de varios periodos de un mismo impuesto se podrá completar un solo formulario especificando todos los periodos.
En la generación del acuerdo de pago se le aplica una tasa de interés de 1.10% al monto adeudado.
*El Centro de Asistencia Presencial (CAP) solo recibe las solicitudes de los acuerdos de pago que se procesan en la Gerencia de Cobranzas.
Se podrá solicitar acuerdos de pago para las cuotas del impuesto del Régimen Simplificado de Tributación (RST) en sus distintas modalidades.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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