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Solicitud al rst y declaracion del ITBIS
Me acabo de inscribir al RNC, hace al rededor de 5 dias, envie la solicitud para acogerme al rst, segun veo el proceso puede durar 15 dias, pero en mi oficina virtual dice que debo presentar mi declaracion de ITBIS el dia 20, es decir antes de darme respuesta del rst.
Deberia hacer una declaracion en cero? o puedo esperar que me den respuesta y que ya no sea necesario hacer la declaracion?


Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
7.6K Mensajes
hace 4 meses
Buenos días, Hector. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, sí, debe realizar la Declaración de ITBIS en cero y tener en cuenta que cuando sea aprobado el RST entra en vigencia al mes siguiente de la aprobación.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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JOSE ALBERTO PEREZ
20 Mensajes
hace 4 meses
Saludos
si no tuviste operaciones en el mes de julio,, es necesario hacer la declaracion en cero, ya que de aprobarte la inclucion al RST, la no remision entrará en vigencia a partir del mes sucesor de recibir la comunicación de aprobación.
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