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viernes, 26 de julio de 2024 13:17

Cerrado

Sobre una transferencia de inmuebles.

El traspaso de un inmueble se puede realizar con el primer acto de venta el cual el precio fue puesto en 7 cuotas cada tres meses. O luego de hacer el último pago se debe hacer un acto definitivo indicando que se pago el monto total?

Solución oficial

Buenos días, Henry. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, en caso de tener un acto de venta, puede realizar la solicitud de transferencia del inmueble pagando el 3% del valor del mismo. En ese mismo orden, en caso de solo poseer un acto de pagaré, no aplica someter la transferencia.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.