1 Mensaje
Sobre la norma 07-2007
Somos una empresa de construcción y un proveedor de servicios nos solicita retener el 18% sobre el total de la factura en base al 10%. Ellos alegan que solo nos están dando servicio y de su parte no incurren en gastos de materiales
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
6.6K Mensajes
hace 4 meses
Buenos días, Joel. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, en la Norma 07-07 en el artículo 4, especifica que cuando un contratista o subcontratista, sean estas Personas físicas o Jurídicas, realicen trabajos de construcción y dichos trabajos incluyan materiales, equipos o piezas de la construcción, la facturación del 18% del ITBIS se aplicará sobre el 10% del monto total de los trabajos facturados. El ITBIS facturado de esta manera, estará sujeto a la retención del 100% si quién factura es una Persona Física y de 30% si quién factura es una Persona Jurídica.
En caso de que como especifica solo es el servicio debe facturar de manera regular, es decir, calcular el 18% al monto total.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
0
0