viernes, 5 de junio de 2020 18:37

Cerrado

Sobre la depreciación de activos Categoría 3.

Los activos Cat. 3, suelen ser muy costosos; por lo general. Si compras una línea de empaque nueva, compuesta de varios equipos: principales y auxiliares, con un costo total de 800 mil dólares más o menos. Esos activos deben obligatoriamente depreciarse a 7 años, aunque la vida útil de ellos sea de hasta 20 años? 

Solución oficial

4.8K Mensajes

hace 5 años

Buenas tardes, Bernaldo. Te recomendamos consultar con el área de fiscalización de la administración local que te corresponde, ya que es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el llenado adecuado de formatos, formularios, declaraciones juradas y los cálculos que estas poseen.

En vista del estado de emergencia declarado por el COVID-19, nuestras oficinas se encuentran brindando asistencia parcialmente de forma remota, por lo que, para recibir la orientación puedes escribir a los correos electrónicos especificados en el Aviso 34-20:

https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/avisosInformativos/Documents/2020/34-20.pdf

Para conocer a cuál administración local perteneces puedes comunicarte a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo, y sin cargos, al resto del país al 1(809)200-6060. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 6:00 P.M. y sábados de 8:00 A.M. a 12:00 P.M.

Nota: recuerda que de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las consultas realizadas deben ser colocadas únicamente en la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

hace 5 años

El art. 287 párrafo V de la ley 11-92 estable los porcentajes de depreciación de los activos fijos por cada categoría, el cual estable un 15% del valor neto en libro, lo que quiero decir que fiscal mente la ley no define un tiempo de vida útil...

133 Mensajes

hace 5 años

Efectivamente como dices la ley refiere unos porcentaje preestablecidos para cada categoría de Activos, sin embargo y como también refieres tanto tú como Euclides NO ESTABLECE UN ESTIMADO DE VIDA UTIL, y esto es porque primero dichos porcentajes no se establecieron para un Activo especifico sino para una categoría, te imaginas que los especialistas se sentasen a definir porcentaje por cada activo o partida arancelaria, eso seria un trabajo de enanos, es por eso que se agrupan en categoría y en algunos casos existen componentes que deberían estar en otras categorías o crearse categorías especiales para ellos,   Ejemplo en la categoría I cuando compras un inmueble la ley refieres que se depreciara a razón del 5% anual, sin embargo hay componentes en ese activo que no superan ni una cuarta parte del estimado de vida y tienen que ser sustituidos lo que genera un gasto de mantenimiento y/o reparación según sea su cuantía.  otro caso parecido surge con la categoria II con las computadoras y los software, que las compras el día de HOy y en un año son casi obsoletas o el programa que utilizas tienes que hacerle un update o cambiarlo, sin embargo sólo tienen uno o dos años de uso.             Pero en relación al meollo de tu pregunta el depreciar anticipadamente tu activo categoría III en función al porcentaje establecido por la ley sólo afecta a tu empresa en la medida que dicha depreciación aumente la perdida operativa, pues no representa desembolso adicional y por el contrario te permite recuperar anticipadamente la inversión en el mencionado activo