Perfil de Rosanna Castro

viernes, 21 de marzo de 2025 20:32

Cerrado

SOBRE INCENTIVO DE LA VOLUNTARIEDAD FACTURACION ELECTRONICA

Saludos Estimados, Buenas tardes,

Me gustaria saber en que momento de implementar la facturación electrónica de una empresa se puede solicitar el incentivo de la voluntariedad por acogernos dentro del plazo contemplado. Y cuales serian los pasos para esta solicitud.

Gracias anticipadas,

Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Rosanna. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, para solicitar la compensación del crédito fiscal por implementación de la Facturación Electrónica, debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial o en el área información de la administración local más cercana, los siguientes documentos según aplique:

 
Contribuyentes Grandes Nacionales
 
  1. Carta de solicitud firmada [en caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada]. En caso de tratarse de una persona jurídica, debe estar sellada y firmada por el representante autorizado.
  2. Relación física y en USB con el detalle de los gastos incurridos para la implementación de la facturación electrónica, así como los comprobantes fehacientes de pago correspondientes, expresados en moneda dominicana (RD$).
  3. Suministrar los registros contables relacionados a la implementación de la Facturación Electrónica.
  4. Aportar el sustento de horas trabajadas producto de la implementación de la facturación electrónica, si aplica.

Tiempo de respuesta: 45 días laborables.

Costo del servicio:
Gratuito
 
Quienes pueden solicitar:
Contribuyentes Grandes Nacionales que hayan implementado facturación electronica.
 
Cuando solicitar:
Los contribuyentes poseen un plazo máximo de hasta seis (06) meses, contados a partir de la publicación del Aviso 05-25, para someter la solicitud.
 
Importante:
A los fines de optar por el optar por el incentivo los contribuyentes Grandes nacionales deben cumplir con las siguientes condiciones:
  • Estar al día en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, incluyendo Formatos de Envío de Datos 607/606.
  • Estar autorizado como Emisor Electrónico.
  • Que no posea la autorización para uso del Facturador Gratuito.
  • Que no se encuentre bajo ningún Régimen Especial de Tributación con exenciones del pago de impuestos.
  • Que se encuentre hábil para emitir Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF) en total de sus operaciones.

Los contribuyentes que hagan uso de los incentivos quedarán obligados a emitir exclusivamente Comprobantes Fiscales Electrónicos a partir de la fecha en que sea otorgado el incentivo. Por tanto, deberán cumplir con las disposiciones que regulan la facturación electrónica conforme la Ley 32-23; sin desmedro de los casos de declaratoria de contingencia que dicha ley y el reglamento establezcan.
 

Contribuyentes Grandes Locales y los demás Contribuyentes clasificados por la Ley 187-17
 
El procedimiento para la solicitud de incentivos por voluntariedad será dispuesto mediante aviso por la DGII.
 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.