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Sin respuesta a mi ultima pregunta del hilo
Soy extranjero, permiso de residencia por inversión como pensionado, con Cedula de identidad dominicana y registrado en la DGII.
Vivo de alquiler en República Dominicana con contrato en vigor desde principios de año, pero por motivos familiares, este año no voy a estar en República Dominicana 182 días, sino menos.
Tengo rentas de origen dominicano, las cuales tengo la obligación de declarar en la declaración de la renta a través del IRS, según me han informado ustedes en mis preguntas previas.
Pero sin embargo, no tengo respuesta a mi ultima pregunta que es de vital importancia para mi en este asunto.
La pregunta que hice la transcribo literalmente en este nuevo hilo por si no la han podido leer:
"...El hecho de corresponderme tributar en el IRS por las rentas de fuente dominicana, ¿implica por si mismo que sea yo considerado residente a efectos tributarios y por tanto pueda solicitar un certificado de residencia fiscal para evitar la doble tributación de esas rentas?
Porque si no es así, no podría aplicarse el Convenio suscrito con España para evitar la doble tributación y yo tendría que tributar por ellas tanto en República Dominicana como en España, cosa que ya que hay un convenio firmado debería evitarse.
No se si estoy en un error en mi interpretación, ¿podrían aclaramelo, por favor?..."
Muchas gracias.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 2 meses
Buenas tardes, Javier. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que sí. En este caso le corresponde solicitar una certificación de residencia fiscal para fines de evitar la doble tributación.
Si desea conocer cómo solicitar la certificación de residencia fiscal, puede acceder, a través del siguiente enlace, a la pregunta de esta comunidad que contiene la información detallada: CA3582 ¿Qué debo hacer para solicitar una certificación de residencia fiscal?
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
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