Perfil de Pablo Solano

sábado, 21 de septiembre de 2024 17:43

Cerrado

SI TENGO UNA EMPRESA DE BIENES RAICES ( COMPRA VENTA Y ALQUILER DE INMUEBLES PROPIOS Y DE TERCEROS ) PUEDO DEDUCIR DE MIS GANANCIAS LA COMPRA DE UN INMUEBLE QUE PASA A MI INVENTARIO? Si es así como debo de hacerlo

Saludos quisiera saber si existe forma de que en base a mi actividad comercial como empresa que es compra venta y alquiler  de inmuebles pueda deducir la compra de un inmueble de las ganancias a cierre de año fiscal, dicho inmueble lo estoy comprando para revenderlo o alquilarlo lo cual suceda primero es un local comercial, y me gustaría que si el local me cuesta 5 millones pueda de las ganancias obtenidas de la empresa deducir esos 5 millones, existe forma de hacer eso ? Quizás al momento de comprarle el local a la empresa que le estoy comprando, pedirle un comprobante fiscal por la compra de dicho inmueble ? Eso ayudaría a lograrlo ?

recordar : que mi actividad comercial en la cual estoy registrado incluye la compra de inmuebles para su venta y alquiler o sea que estoy constituido con ese fin..

Gracias favor darme el consejo de cómo actuar en este caso para aprovechar de manera correcta la situación. 

Solución oficial

Buenos días, Pablo. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, para poder respaldar la compra, esta debe estar sustentada con un comprobante de crédito fiscal que transparente el monto, de manera que pueda ser deducible para el Impuesto sobre la Renta (ISR).

 

En ese mismo orden, para recibir la asistencia de como le dará entrada a ese inmueble en sus libros contables, le recomendamos canalizar el mismo directamente ante el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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