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Si soy una empresa que tributo por el RST (Régimen Simplificado de Tributación) y vendo un vehículo con un B2 como se pagaría ese ITBIS
Soy una empresa acogida al RST bajo la modalidad de ingresos, esta tiene un vehículo a su nombre, que va a vender a un tercero con una NCF B02 de consumidor final, Cómo el itbis facturado a este consumidor final se le pagaría a la DGII????
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 25 días
Buenas tardes, Juan. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, en la venta de bienes o prestación de servicios gravados por parte personas físicas o jurídicas acogidas al RST a proveedores informales no aplica retención de ITBIS.
En su Declaración de RST se estaría contemplando esa retención que no le realizaran.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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