La retención de ITBIS no es aplicable a los bienes y servicios exentos de este impuesto, a su vez te indicamos que en la venta de bienes no hay retención de ISR, este impuesto solo aplica en la prestación de servicios.
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Buenos días, si eso no forma parte de tu costo de venta o producción, lo mejor es que emita un comprobante para gastos menores. Acuérdate, que no todos los gastos deben estar sustentado en comprobantes fiscales. Como este caso. Ahora si vende comida, en lo que podría ser el caso de vender desayunos, entonces si podría hacer el proveedor Informal, ya que formaría parte del costo de producción y de tu Inventario.
Solución oficial
Vileysi Soto
502 Mensajes
hace 5 años
La retención de ITBIS no es aplicable a los bienes y servicios exentos de este impuesto, a su vez te indicamos que en la venta de bienes no hay retención de ISR, este impuesto solo aplica en la prestación de servicios.
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Rafael Amparo
910 Mensajes
hace 5 años
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