EA

jueves, 7 de noviembre de 2024 21:53

Cerrado

¿Si emito una Nota de Débito o Crédito en una venta en la que apliquen retenciones de ITBIS e ISR debo llenar estas retenciones en el 607?

Buenas tardes, espero su apoyo aclarando la siguiente duda:

¿Si emito una Nota de Débito o Crédito en una venta en la que apliquen retenciones de ITBIS e ISR debo llenar estas retenciones en el 607 en la línea en la que registro la N. Débito o Crédito?

Es decir, ¿debería de colocar en la casilla 10-ITBIS Retenido por Terceros y 12-Retención Renta por Terceros los montos correspondientes a la Retención de ITBIS e ISR al momento de registrar mi Nota de Débito o Crédito en el Formato 607?

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Enrique. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, en caso de un cambio en la base imponible de una factura, a través de una nota de crédito o débito, también cambiaría el monto de las retenciones de ITBIS y renta de la transacción, por lo que será necesario completar las informaciones de las retenciones en la línea de la nota de crédito para reflejar dicho cambio.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

Es un placer servirle.

75 Mensajes

Listo, muchas gracias por la aclaración

Buenas tardes, Enrique.

 

Gracias por confiar en nosotros y utilizar nuestros servicios.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

Es un placer servirle.