Perfil de Tarin Santana

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viernes, 27 de octubre de 2023

Cerrado

sesión de derechos sucesorales

Saludos Estimados,

Si dentro de una masa sucesoral, una parte de los herederos decide ceder sus derechos (un inmueble) vía un acuerdo, a otro heredero, a cambio de una pago, aplica al impuesto a la transferencia?

Quedo atento a sus comentarios, si me pudieron ayudar con la base legal relacionada a su respuesta seria de mucha ayuda.

Gracias!!

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Solución oficial

Buenos días, Tarin. Gracias por contactarnos.

 

Sí aplica efectuar el pago del 3% del impuesto a la transferencia en el caso que nos indica.

 

Base Legal: Ley 173-07 Art. 7 párrafo II y III; Ley 195-19; 158-01; Ley 171-07; Ley 122-05; Ley 8-90.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.

(Editado)