Perfil de Jocelyn Matos

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jueves, 23 de abril de 2026

Servidor en La Nube

Buenas noches 

Por favor solicito su asesoría, una empresa que se dedica a servicios de informática, decide comprar espacio en la nube y paga una cuota mensualmente:

- Como puede presentar este gasto en el 606, si solo cuenta con una factura que no tiene RNC ni Comprobante fiscal, debe retenerle el 27% al proveedor?

Dándole las gracias por su acostumbrada colaboración

Saludos    

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Solución oficial

Buenos días, Jocelyn. Gracias por contactarnos.

 

A fin de brindarle una asistencia especializada, le agradeceremos confirmarnos si el proveedor es del exterior. De ser así, favor indicarnos el país de procedencia.

 

Quedamos atentos a sus comentarios.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

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Muchas gracias por su atención

El proveedor es de Estados Unidos 

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Muchas gracias por su atención

Si, el proveedor es de los Estados Unidos.

Buenas tardes, Jocelyn. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, a fines de sustentar el gasto deberá emitir un Comprobante de Pagos al Exterior (NCF del Tipo B17) y efectuar la retención del 27% correspondiente al Impuesto Sobre la Renta (ISR) establecida en el Artículo 305 del Código Tributario, toda vez que la referida retención concierne al impuesto que deberán pagar los extranjeros en calidad de sujeto pasivo por obtener rentas de fuente dominicana, al tenor de lo dispuesto por el Artículo 272 del referido Código.

 

Importante:

  • Al registrar un NCF para pagos al exterior en el Formato 606, el campo RNC o Cédula debe ser completado con el RNC del contribuyente que emite el comprobante y no se debe incluir la retención del Impuesto Sobre la Renta. Esta última solo debe ser asentada en el Formato de Pagos al Exterior (609).
  • La retención que conlleva este tipo de pagos debe ser reportada en la Declaración Jurada y/o Pago de Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17) en la forma definida por esta Dirección General y la legislación fiscal vigente a más tardar el día 10 del mes siguiente al que se realice el pago al vendedor.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

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Gracias por su explicación !!!

Buenas tardes Jocelyn:

 

Gracias por confiar en nosotros y utilizar nuestros servicios.

 

¿Desea contestar una breve encuesta para ayudarnos a seguir mejorando su experiencia en la Comunidad de Ayuda? Queremos escucharle, ¡sólo le tomará 1 minuto! http://ms.spr.ly/61212jZw9Y).

 

Agradecemos de antemano sus comentarios, con su apoyo, cada día nos convertimos en una administración más cercana al contribuyente y ciudadano, asumiendo el compromiso de brindar servicios de calidad para ser referentes en transparencia y eficiencia.

 

¡Para nosotros es un placer servirle!

 

Comunidad de Ayuda DGII.