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miércoles, 5 de agosto de 2026

Servicios persona física

Voy a recibir un servicio por persona física donde me ofrece servicios integrales de producción y operación de función cinematográfico infantil que conlleva planificación, coordinación y ejecución de una función especial de cine, que incluye suministro, instalación y operación de equipos audiovisuales profesional y personal técnico especializado, en base a lo antes descrito, ¿que retención aplica? y ¿que base legal lo sustenta ?

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Solución oficial

Buenas tardes, Jazer. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que debe aplicar retención del 15% del monto facturado, por concepto de Impuestos Sobre la Renta, y el total del ITBIS facturado, en caso de que realice el pago como persona jurídica no estatal.

 

Estas retenciones se encuentran establecidas en la Ley 30-26, artículo 17, que modifica el literal b) del artículo 309 del Código Tributario; y el Reglamento 293-11, artículo 25, párrafo I.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

(Editado)