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lunes, 22 de julio de 2024 16:14

Cerrado

SERVICIOS DE INGENIERA ELECTRICA

Buenas,

Un ingeniero electrico que se dedique a realizar sus servicios de manera personal. Instalacion de inversores, baterias, tendidos electricos, etc. Se considera un servicio técnico y se retiene el 2%?

En caso que no, como procede?

Estan estos servicios sujetos al pago de ITBIS?

gracias,

Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, los servicios indicados se consideran técnicos. En caso de ser prestados a una persona jurídica, corresponde que se realice la retención del 2% del ISR y el 100% del ITBIS.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.