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Servicios de alquiler de espacio de un colegio a un tercero
Buenos días,
Voy a realizar una actividad y para esto rentaré un espacio dentro de un colegio, ahora bien, cuando realizo el pago el colegio me emite una factura con valor fiscal, pero no están gravando ITBIS, tengo entendido que los colegios solo deben facturar el servicio de educación exentos.
Saludos.



Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 2 años
Buenas tardes, Wascar. Gracias por contactarnos.
Le informamos que sí, los Servicios educativos y culturales, se encuentran exentos del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS). Cualquier otro servicio que no se encuentre dentro de los servicios exentos indicados en el código tributario art. 344 se encuentran gravados.
Base legal: Ley 11-92, Art. 344, modificado por la Ley 253-12, Art.25 y Reglamento 293-11 artículo 14.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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