viernes, 21 de noviembre de 2025

Cerrado

SERVICIO TECNICO DE LAPTOP APLICA RETENCION DE ITBIS?

“Como persona jurídica, recibí una factura emitida por otra empresa jurídica que incluye la venta de un disco duro y el servicio técnico de una laptop. Deseo saber si debo aplicar la retención del 30% del ITBIS al total de la factura, únicamente a la parte correspondiente al servicio técnico, o si en este caso dicha retención no aplica.”

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Veleida. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que los servicios de ingeniería informática se consideran servicios profesionales ante Impuestos Internos y conllevan retención del 30% del ITBIS entre personas jurídicas no acogidas al RST. No obstante, por la venta de bienes no aplica retención de ITBIS entre personas jurídicas no acogidas al RST. Por lo que, si está recibiendo tanto un servicio de este tipo, como la venta de un bien, solo corresponderá la retención por el servicio profesional prestado.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.