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SERVICIO MODIFICACION DE CARROCERIA DE CAMIONETA ALQUILADA LLEVA RETENCIÓN?
“Tengo una factura por el servicio de modificación de la carrocería de una camioneta alquilada. Deseo saber si este tipo de servicio está sujeto a la retención del 30% del ITBIS cuando la transacción se realiza entre dos empresas jurídicas.”


Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24K Mensajes
hace 16 días
Buenas tardes, Veleida. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, si la modificación no involucra un servicio de ingeniería u otro considerado profesional liberal, no corresponderá retención de ITBIS por el mismo; ya que la retención del 30% del ITBIS solo aplica entre personas jurídicas por la prestación de servicios profesionales liberales.
Importante: En caso de que el proveedor esté acogido al RST, el cliente registrado como contribuyente no acogido al RST siempre deberá efectuar a este una retención del 100% del ITBIS facturado.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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