lunes, 9 de mayo de 2022 20:06

Cerrado

SERVICIO ELECTRICIDAD - itbis

Cuales servicios estan incluidos en este rango?

Ejemplos, instalacion electrica de shoothers, instalacion de un transformador, instalacion de corriente de ventilador, todo esto esta exento de itbis?

Solución oficial

Buenas tardes, Priscilla. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que los servicios de electricidad se encuentran exentos de ITBIS, de acuerdo a lo establecido en la Ley 11-92 Art.344, modificado por la Ley 253-12, Art. 25.

 

En cuanto a su inquietud de los servicios que aplican dentro de la electricidad, le exhortamos a canalizarlo con una Consulta Técnica en la DGII, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:

 

1.    Formulario Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004), llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).


Tiempo de respuesta: 27 días laborables.

 

Consideraciones Importantes: 

 

El consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicar de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse.

De igual manera, puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.

 

Base Legal: Ley 11-92, Arts. 38 al 43 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

Acceda aquí: (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_8KJB56Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

Es un placer servirle.

hace 3 años

el servicio de electricidad de un proveedor informal esta grabado con un 2% o un 10%

16 Mensajes

hace 3 años

Buenas,

Estos servicios no estan contemplados dentro de los servicios exentos del ITBIS, todos deben estar gravados del mismo

Aunque la electricidad es exenta, esto no exenta los servicios que son realizados para adecuacion y suministro de la misma,

Solo estan exentos los siguientes servicios:

  • Servicios financieros, incluyendo seguros.
  • Servicios de planes de pensiones y jubilaciones.
  • Servicios de transporte terrestre de personas y de carga.
  • Servicios de electricidad, agua y recogida de basura.
  • Servicios de alquiler de viviendas.
  • Servicios de salud.
  • Servicios educativos y culturales.
  • Servicios funerarios.
  • Servicios de salones de belleza y peluquerías.