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Servicio del exterior
Buen día, un proveedor de Ecuador me brinda servicios de conciliación de medios de pago, se le debe retener el 27%?
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Buen día, un proveedor de Ecuador me brinda servicios de conciliación de medios de pago, se le debe retener el 27%?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 4 meses
Buenos días, Angela. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, se debe aplicar retención del Impuesto Sobre la Renta siempre que los pagos girados al exterior sean de renta de fuente dominicana, tales como:
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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