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miércoles, 7 de octubre de 2026

Servicio de sonido

Recientemente realizamos una inauguración en una tienda y contratamos una empresa para que se encargue del sonido, eso incluyo bocinas, luces y todo lo relacionado  para el montaje musical y se encargaron de administrar la música del evento, Mi pregunta es :si ese servicio esta gravado con itbis y de ser así si corresponde la retención del 30% del itbis, el suplidor aun factura con comprobante B01

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Solución oficial

Buenas tardes, Josefa. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que el servicio se encuentra gravado con el ITBIS, si no conlleva la presentación de artistas o músicos, pero no deberá hacerse retención en el pago por el mismo, a menos que el servicio principal sea de alquiler de los equipos o que el proveedor se encuentre acogido al RST, tratándose de una persona jurídica.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

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Si, muchas gracias!!

Buenas tardes, Josefa.

 

Gracias a usted por confiar en nosotros y utilizar nuestros servicios.

  

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¡Para nosotros es un placer servirle!

 

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