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Servicio de sonido
Recientemente realizamos una inauguración en una tienda y contratamos una empresa para que se encargue del sonido, eso incluyo bocinas, luces y todo lo relacionado para el montaje musical y se encargaron de administrar la música del evento, Mi pregunta es :si ese servicio esta gravado con itbis y de ser así si corresponde la retención del 30% del itbis, el suplidor aun factura con comprobante B01


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 5 horas
Buenas tardes, Josefa. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que el servicio se encuentra gravado con el ITBIS, si no conlleva la presentación de artistas o músicos, pero no deberá hacerse retención en el pago por el mismo, a menos que el servicio principal sea de alquiler de los equipos o que el proveedor se encuentre acogido al RST, tratándose de una persona jurídica.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
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