miércoles, 10 de diciembre de 2025

Cerrado

Servicio de relleno o mantenimiento de extintores

Buenas tardes,

¿Un servicio de relleno o mantenimiento de extintores entre personas juridicas se le debe retener el 100% del ITBIS? Ya que esta entra dentro del renglon de seguridad.

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Solución oficial

Buenos días, Antonia. Gracias por su espera.

 

En atención a su consulta, le informamos que el servicio de mantenimiento de extintores no es considerado un servicio de seguridad en este contexto, por lo que no aplica la retención del 100% del ITBIS correspondiente a los servicios de seguridad.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

Buenos días, Antonia. Gracias por contactarnos.

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y nos encontramos trabajando con el objetivo de dar respuesta en el menor tiempo posible.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.