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Servicio de publicidad
Queremos saber si aplica retención del 30% del Itbis a una empresa que nos da servicios de publicidad?
Por igual a otra que nos da los servicios de intermediación en dichos servicios?
Y a otra que nos da los servicios de publicidad en vallas, redes sociales, etc.?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22K Mensajes
hace 26 días
Buenas tardes, Camilo. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, en el caso que una entidad jurídica realice el pago de los servicios relacionados con la publicidad y redes sociales a otra entidad jurídica, si aplica realizar la retención del 30% del ITBIS.
En ese mismo orden, en los servicios de vallas publicitarias no se considera un servicio profesional, por lo que no corresponde la aplicación de la retención del 30%.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
Es un placer servirle.
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