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martes, 9 de diciembre de 2025

Cerrado

SERVICIO DE MONTAJE Y GESTIÓN DE EVENTOS

Buenas tardes,

Tenemos una consulta sobre el Art. 4 de  la Norma 02-2005, en la parte de Alquileres de bienes muebles para eventos, la cual establece que se le debe retener el 30% del ITBIS.

Una Institucion del Estado, esta realizando un pago por servicio de montaje y gestion de eventos a una empresa.

En el libramiento solo se le esta aplicando la retención del 5% de ISR.

Queremos saber si este servicio aplica para la retencion del 30% del ITBIS que establece la norma 02-2005 en su art. 4 Alquileres de bienes muebles para eventos.

La factura incluye estos servicios

ALQUILER DE STAND 2X2 EN PERFILERIA VISIBLE.

Sistema de Proyección Led Curva
Extensión tarima 19x 8x 2 revestida lona brillo
simulación madera
Panel 10x10 x 2 para bienvenida auditorio
Sistema de Sonido: Completar P.A. Auditorio para
Fresnel iluminación Escenario, incluye consola de
luces.Sistema de liuminación: 8 luces calientes froní.
Iluminación LED [colocar en las paredes)
Iluminación con barras LED paneles
SISTEMA CCTV 3 cameras y SISTEMA STREAMIN

Música para el primer nivel que se escuche en ambos
espacios de la feria como se ve en ei plano adjunto
 panel Banner 4x8 pies escudra 1
barra led para banner
banner 10x10 con logos patrocinadores en el exterior
Truss 10x10 con Logos Patrocinadores en el Exterior
"Barra Led

Oldest First
Selected Oldest First

Solución oficial

Buenas tardes, Clebely. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que existe una pregunta en esta comunidad que contiene la respuesta que necesita. Le invitamos a acceder a ella a través del siguiente enlace: CA3135 ¿Qué retención debo aplicar en la prestación del servicio de alquiler o arrendamiento de bienes muebles o inmuebles?.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.